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Términos y Condiciones Generales para Agencias Colaboradoras

Versión 1.2 · 28 de octubre de 2026 · Conscious Management Institute S.A. (CMI Higher Education), CIF A87876587, Gran Vía de San Francisco 15, 28005 Madrid (España)

1. Objeto

Estos Términos y Condiciones Generales regulan la colaboración entre Conscious Management Institute S.A. («CMI») y cualquier empresa o profesional («la Agencia») que promocione la oferta académica de CMI y aporte candidatos que sean admitidos y matriculados a través del Portal de Matriculación de CMI. Se aceptan electrónicamente en el Portal de Matriculación y tienen la misma validez que un convenio firmado. Las condiciones especiales que CMI pacte por escrito con una Agencia concreta prevalecen sobre estos Términos.

2. Alta como agencia colaboradora

La Agencia se registra en el Portal de Matriculación, aporta sus datos de empresa, fiscales y bancarios y acepta estos Términos. CMI revisa la solicitud y, una vez aprobada, la Agencia recibe su enlace propio al Portal de Matriculación y el acceso a su área de agencia. CMI puede denegar una solicitud sin necesidad de justificarlo.

3. Atribución de estudiantes

3.1. Se considera aportado por la Agencia el estudiante que crea su cuenta en el Portal de Matriculación a través del enlace propio de la Agencia, o al que la Agencia haya dado de alta en CMI por los canales establecidos por CMI antes de que lo gestionara CMI u otro colaborador.

3.2. El estudiante debe registrarse siempre con su propio correo electrónico, ya que en él recibe la documentación de admisión y debe firmar personalmente su convenio de matrícula. La Agencia puede ayudarle, pero no registrarlo con su propio correo ni firmar en su nombre.

3.3. No se atribuye a la Agencia el estudiante que ya estuviera siendo gestionado por CMI o por otro colaborador antes de usar el enlace de la Agencia. En caso de conflicto, CMI decidirá con base en sus registros de CRM, comunicaciones y documentación disponible.

4. Comisión

4.1. La Agencia percibirá una comisión del OCHO POR CIENTO (8 %) sobre el importe total que pague cada estudiante atribuido por su programa: matrícula más programa, una vez aplicadas las becas, descuentos o condiciones comerciales autorizadas por CMI. Quedan excluidas las tasas de emisión del título, los seguros y otros servicios. La base de cálculo no podrá superar en ningún caso el precio oficial vigente del programa.

4.2. Tramo por volumen: si una Agencia tiene 11 o más estudiantes que cumplen los requisitos de la cláusula 5 en una misma convocatoria (periodo de inicio de los programas, todos los programas juntos), la comisión de todos sus estudiantes de esa convocatoria será del DIEZ POR CIENTO (10 %), con carácter retroactivo. La diferencia con las comisiones ya liquidadas al 8 % se abonará en la siguiente liquidación.

4.3. Las comisiones se expresan sin impuestos indirectos, que se aplicarán conforme a la normativa vigente. Se practicarán, en su caso, las retenciones que legalmente correspondan.

4.4. Bono por presentación: si la Agencia presenta a CMI una nueva agencia colaboradora o un nuevo Recomendador, que se da de alta en el Portal de Matriculación con su enlace de presentación o indicando su código, percibirá un bono único de TRESCIENTOS EUROS (300 €) cuando la agencia o el Recomendador presentados sumen sus tres (3) primeras matrículas efectivas (estudiantes matriculados, cursando y al día en sus pagos, con comisión devengada). El bono se incluye automáticamente en la siguiente liquidación. No se considera presentado quien ya colaborara o estuviera en contacto con CMI.

5. Requisitos para devengar la comisión

La comisión de cada estudiante se devenga cuando:

Si a los dos (2) meses del inicio de su programa el estudiante ha cancelado, abandonado o no está al día, la comisión no se devenga, salvo acuerdo escrito distinto de CMI. Los importes que se devuelvan al estudiante, por cualquier causa, reducen la comisión en la misma proporción.

6. Liquidación y pago

6.1. CMI liquida automáticamente las comisiones tres veces al año: el 10 de noviembre (convocatoria de octubre-noviembre), el 10 de marzo (convocatoria de enero-marzo) y el 10 de julio (convocatoria de mayo-julio), una vez verificado que los estudiantes cursan con normalidad y están al día en sus pagos. Cada liquidación incluye todas las comisiones devengadas hasta esa fecha; las que aún no lo estén pasan a la siguiente. CMI pone la liquidación a disposición de la Agencia en su área del Portal de Matriculación, con el detalle de cada estudiante, programa, base de cálculo, porcentaje e importe.

6.2. La Agencia autoriza a CMI a expedir en su nombre la factura correspondiente (facturación por el destinatario, conforme al artículo 5 del Reglamento de facturación, Real Decreto 1619/2012). Cada autofactura se expide en una serie propia de la Agencia y se pone a su disposición en su área. La Agencia podrá oponerse a ella en un plazo de quince (15) días; transcurrido ese plazo se entenderá aceptada. La Agencia sigue siendo responsable de sus propias obligaciones fiscales.

6.3. CMI abonará cada liquidación por transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Agencia antes del día 20 del mes en que se emite. Solo se emiten liquidaciones cuando los datos de empresa, fiscales y bancarios de la Agencia están completos y son correctos.

7. Compromisos de la Agencia

La Agencia se compromete a: (1) promocionar la oferta académica de CMI de forma responsable y conforme a la información oficial facilitada por CMI; (2) no prometer ni alterar condiciones económicas, académicas, de admisión, titulación, visado o cualquier otra no autorizada por CMI, ni garantizar la admisión; (3) informar correctamente a los candidatos sobre los requisitos de admisión; (4) utilizar los datos personales de los candidatos solo para los fines autorizados y con su consentimiento; (5) respetar el Código Ético, las políticas de integridad y las directrices de marca de CMI en el uso de su nombre, logotipos y materiales; y (6) mantener actualizados sus datos en su área de agencia.

8. Compromisos de CMI

CMI se compromete a: (1) facilitar información académica y comercial actualizada sobre sus programas; (2) gestionar el proceso de admisión y matriculación y resolver sobre la admisión; (3) cobrar los importes por sus propios medios de pago; (4) mostrar a la Agencia, en su área, el estado de los estudiantes que tiene atribuidos, dentro de los límites de la normativa de protección de datos; y (5) liquidar y abonar las comisiones conforme a estos Términos.

9. Protección de datos

Cada parte es responsable del tratamiento de los datos personales que recabe en el ámbito de sus propias actividades. Cuando una parte trate datos por cuenta de la otra, suscribirán el correspondiente contrato de encargo de tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD (Reglamento UE 2016/679). Los datos de la Agencia se tratan por CMI para gestionar esta relación, liquidar las comisiones y cumplir sus obligaciones legales.

10. Vigencia y terminación

Estos Términos se aplican desde su aceptación y por tiempo indefinido. Cualquiera de las partes puede terminar la colaboración con un preaviso escrito de dos (2) meses. CMI puede terminarla de inmediato si la Agencia incumple estos Términos. Las comisiones de estudiantes ya matriculados se seguirán abonando si cumplen los requisitos de la cláusula 5. CMI puede actualizar estos Términos; se avisará a la Agencia en su área y deberá aceptar la nueva versión para mantener activo su enlace.

11. Buena fe y no menosprecio

Las partes actuarán de buena fe y se abstendrán de realizar comunicaciones deliberadamente falsas, difamatorias o destinadas a perjudicar ilegítimamente la reputación de la otra parte, durante la colaboración y después de su terminación.

12. Legislación y jurisdicción

Estos Términos se rigen por la legislación española. Cualquier controversia se someterá a los Juzgados y Tribunales de Madrid, salvo que una norma imperativa disponga otra cosa. En caso de discrepancia entre versiones lingüísticas, prevalece la versión en español.